El pasado viernes, 1 de marzo, el Gobierno aprobó mediante decreto en el Consejo de Ministros la ampliación progresiva del permiso de paternidad, que pasará de las 5 semanas actuales a las 16 semanas de manera progresiva en el año. Se trata de un esperadísimo decreto que establece, como medida de urgencia, la equiparación progresiva de los permisos de paternidad con los de maternidad. Te descubrimos todo lo que necesitas saber sobre el permiso de paternidad: qué es, cuánto dura, cuánto cobrarás, requisitos a cumplir, cómo solicitarla y las últimas noticias.
¿Qué es el permiso de paternidad? ¿En qué consiste?
El conocido como permiso de paternidad consiste en un subsidio que se da a los trabajadores (ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia) para que suspendan el contrato de trabajo o cesen en su actividad profesional o empresarial, durante los días que se han establecido legalmente, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.
Es decir, se trata de un subsidio que el Estado da a aquellos trabajadores que han tenido un hijo, lo han adoptado o acogido, y que suspendan temporalmente su contrato de trabajo o cesen en su actividad -si son autónomos- durante aquellos días que se han establecido legalmente.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios y pueden solicitarlo?
Siempre que se reúnan los requisitos exigidos, los trabajadores incluidos tanto en el régimen general como en los distintos regímenes especiales de la Seguridad social, independientemente de cuál sea su sexo, pueden solicitarlo y disfrutarlo. En supuesto de parto, la suspensión correspondería de forma exclusiva al otro progenitor.
¿Cuánto dura el permiso de paternidad? ¿Cuántas semanas?
El día 5 de julio entró en vigor una ampliación del permiso de paternidad, que aumentaba de cuatro a cinco semanas la duración de este permiso. Esta cantidad es ampliable en 2 días más por cada hijo a partir del segundo en los supuestos de parto, acogimiento múltiple o adopción. Y, previo acuerdo entre empresario y trabajador, es posible disfrutar de esta suspensión en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial.
Además, es posible disfrutar la última semana del periodo de descanso de manera independiente en cualquier otro momento, siempre y cuando sea dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo.
No obstante, el Consejo de Ministros del 1 de marzo amplió la duración del permiso de paternidad de cinco a ocho semanas. Finalmente, el día 7 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En él se ampliaba finalmente la duración del permiso (además de otras interesantes medidas), pero con un cambio que no gustó a los futuros papás: si bien el Real Decreto-ley en sí entró en vigor un día después, se establecía que algunas medidas -entre las que se encontraba la ampliación del permiso- no entrarían en vigor hasta pasadas 3 semanas, esto es, a partir del 1 de abril.
Por tanto, por mucho que la ampliación ya haya sido publicado en el BOE, los padres que tengan hijos desde el 8 de marzo hasta el 31 de marzo tendrán un permiso de 5 semanas. Y, a partir del 1 de abril, de 8 semanas.
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?
Son varios los requisitos que deben cumplirse para poder disfrutar el permiso de paternidad. Son los siguientes:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado un periodo mínimo de 180 días durante los 7 años inmediatamente anteriores al comienzo del permiso. O bien, al menos 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
- En caso de ser autónomo, estar al corriente de pago de todas las cuotas. En caso contrario, tienes un plazo de 15 días para ponerte al corriente y poder solicitar/disfrutar del permiso.
¿Cómo se puede solicitar?
Para poder solicitar el permiso de paternidad, si trabajas por cuenta ajena, es necesario que la empresa realice un certificado de baja para el padre, en el que debe indicarse el sueldo correspondiente a la última nómina percibida. De esta forma, la Seguridad Social podrá calcular la retribución que corresponda.
Luego, una vez nacido el bebé, el papá debe personarse en cualquier oficina de la Seguridad Social de su provincia y rellenar el Modelo de Solicitud de Prestación de Paternidad.
¿Y qué documentación habría que presentar junto al Modelo de Solicitud?
Además del Modelo Solicitud, el padre debe presentar la siguiente documentación:
- DNI (original y fotocopia)
- Certificado de la empresa
- Certificado de nacimiento del bebé
- Libro de familia (original y fotocopia) o certificado literal de nacimiento
- Modelo 145 (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador).
- Número de cuenta en el que se desea recibir la prestación de paternidad
Y si eres autónomo, además, tienes que presentar la siguiente documentación:
- Declaración de situación de la actividad
¿Cuándo se debe solicitar? ¿A partir de qué momento?
El permiso de paternidad se puede disfrutar en cualquier momento desde que haya acuerdo previo con la empresa para la que se trabaja, siempre y cuando el periodo de 5 semanas se disfrute coincidiendo con el periodo de 16 semanas que corresponde a la madre trabajadora.
También puede pactarse con la empresa una jornada reducida. De esta manera, se podrá disfrutar del permiso a tiempo parcial (por ejemplo durante las tardes), de manera que el periodo aumentará.
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